Buenos Aires, 17 de octubre de 2022- la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI) rechaza el dictamen de las comisiones de discapacidad, de acción social y salud pública de la Cámara de Diputados de la Nación, que busca eliminar la renovación de los Certificados Únicos de Discapacidad (CUD). Por un lado, entendemos que los artículos 1 y 2 del dictamen son incompatibles, lo que muestra el desconocimiento de los diputados que lo firmaron sobre la noción de discapacidad según el modelo social y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD). Mientras el artículo 1, dice que el Certificado Único de Discapacidad (CUD) “se expedirá con o sin fecha de vencimiento”, dando a entender que podría llegar a ser permanente, el Artículo 2 menciona que la Agencia Nacional de Discapacidad se encargará de la actualización del CUD “conforme a la concepción dinámica de la discapacidad dispuesta por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”.
Es importante mencionar que la evolución del concepto de discapacidad es uno de los pilares del modelo social. De hecho, la CDPD expresa que “La discapacidad es un concepto que evoluciona y surge de la interacción entre las limitaciones físicas, sensoriales, mentales o intelectuales de una persona y las barreras del entorno, que impiden su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones que las demás”. Entonces, si se aplicara la definición de la Convención que reconoce como válida el artículo 2 de este dictamen, nunca el CUD podría otorgarse de manera permanente, como sugiere el artículo 1.
El asumir que las discapacidades pueden modificarse con el tiempo, o incluso una persona puede adquirir otra discapacidad nueva, es suficiente argumento para no permitir que un CUD pueda expedirse sin fecha de vencimiento. Un CUD permanente puede quedar desactualizado, lo que hará que la persona no pueda acceder a prestaciones por su nueva discapacidad. El CUD sin fecha de vencimiento es un retroceso en el acceso a derechos.
Asimismo, la renovación de los CUD es actualmente la única forma que tiene el Estado de recopilar información actualizada sobre la situación social de las personas con discapacidad para elaborar estadísticas, en cumplimiento de la CDPD. Por lo cual de convertirse en ley el proyecto bajo estudio también es violatorio del artículo 31 de la Convención. La no renovación del CUD implica un menor gasto para el Estado en discapacidad, una motivación que tal vez haga a quienes legislan impulsar la iniciativa, pero ello es inadmisible. No es la menor presencia del Estado lo que mejorará la situación de las personas con discapacidad, sino por el contrario, un estado presente con funcionarias y funcionarios con formación en discapacidad desde una perspectiva de derechos.
Es una medida que no elimina ningún obstáculo y menos aún para quienes van a sacar su certificado por primera vez. Las pocas juntas evaluadoras y su falta de capacitación y criterio en la solicitud de exámenes probatorios de la discapacidad quedan intactos. Podríamos decir que discrimina entre quienes ya lo poseen y quiénes no.
Al no modificarse la cantidad de juntas evaluadoras continuamos con la discriminación entre personas que viven cerca de un lugar donde hay junta y quiénes no. Esto se agrava para aquellas familias de escasos recursos económicos, sin obra social, que necesitan el CUD para acceder a prestaciones y tratamientos y deben hacer malabares para acceder al CUD y dependen de la buena voluntad de un funcionario/a.
Es importante mencionar que el CUD implica acceso a una gran cantidad de derechos. Sin embargo, actualmente de las más de 5 millones de personas con discapacidad que hay en Argentina, solo un millón y medio accedieron al CUD.
Ninguna de estas cuestiones quedan solucionadas ni mejoradas con el presente proyecto de ley.
Por eso, creemos que la eliminación de la renovación del CUD no es el camino. Por el contrario, se podrían poner en práctica algunas medidas para que el trámite sea más ágil. En zonas rurales, se podrían implementar juntas evaluadoras móviles. Se podría capacitar en perspectiva social de la discapacidad al personal de las juntas evaluadoras ya existentes, porque actualmente, en muchos casos, por desconocimiento de la perspectiva social, se rechaza el otorgamiento de certificados a personas que lo requieren y que deben esperar un año para volver a intentar su tramitación, sin poder acceder a derechos que le corresponden.
Por último, nos preocupa el artículo 3 del dictamen, que expresa que “La persona beneficiaria puede solicitar la actualización del Certificado Único de Discapacidad (CUD) en cualquier momento”. Desde luego, la fecha de renovación de un CUD no puede quedar a criterio de cada persona. Es el Estado, a través de la Agencia Nacional de Discapacidad, el que debe determinar el criterio para la renovación de los certificados.
Nuevamente estamos frente a un proyecto de ley que demuestra el desconocimiento que aún nuestra clase política tiene en materia de discapacidad. Si se aprueba este proyecto tal como está redactado, abre el camino para que en caso de asumir un gobierno neoliberal en el futuro con la intención de seguir reduciendo el Estado, otorgue todos los CUD sin fecha de vencimiento, perjudicando a toda la población con discapacidad. Esperamos que el conjunto de los diputados y las diputadas revisen su posición sobre este dictamen para que no se convierta en ley. Todavía hay tiempo.