Restitución de Pensiones no Contributivas

Restitución de Pensiones no Contributivas

REDI COMPARTE GRAN NOTICIA Y SOLICITA LA MAYOR DIFUSION.
ANDIS DISPONE EN RESOLUCION LA RESTITUCION DE PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS QUE SE QUITARON.

Como resultado del amparo colectivo que inició “REDI ASOCIACIÓN REDI Y OTROS c/ EN-M DESARROLLO SOCIAL s/ AMPAROS Y SUMARÍSIMOS”, Expediente 39031/2017,que tramitó en el Juzgado de la Seguridad Social * 8, y cuya sentencia fuera confirmada por la Cámara Federal de la Seguridad Social Sala II, se inició el procedimiento de ejecución de la sentencia, es decir el procedimiento para que la sentencia seacumplida.

La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) fue intimada y dicta, con fecha del 15 de agosto de 2019, la resolución DI-2019-72698018- -APN-DDVYDD⋕AND, donde informa en su artículo primero, que se RESTITUYEN LAS PENSIONES POR INVALIDEZ INSTITUIDAS POR EL ARTÍCULO 9* DE LA LEY n* 13.478 y sus modificatorias otorgada a las personas nominadas en el ANEXO IF-2019.72708948-APN-DAAEYL⋕AND, y a su vez en su artículo segundo ordena que se paguen pensualmente las pensiones mencionadas.

Para cumplir dicha obligación liquidarán y depositarán los fondos reasignados en su presupuesto.

Las personas titulares de pensiones no contributivas suspendidas tienen que presentarse ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) dando el nombre de la resolución DI-2019-72698018- -APN-DDVYDD⋕AND, y manifestando que se les debe restituir la pensión. Al ser una ejecución, es decir,cumplimiento de una sentencia deberán presentarse urgente en el transcurso de tres meses.

Compartimos esta noticia para que las y los titulares de pensiones ejerzan su derecho y volvemos a llamar a colegios públicos y defensorías para que les profesionales acompañen a las personas con discapacidad en esta restitución de derechos.